Modificaciones de Bolsa Única SAS

modificación bolsa única SAS

Le informamos que en sesión extraordinaria  de la Mesa Sectorial (Comisión Central de Seguimiento del Bolsa Única del SAS) celebrada el pasado viernes 6 de Noviembre, se  acuerdan las siguientes medidas que solo serán de aplicación mientras dure la crisis sanitaria:

  • Modificaciones de Bolsa que se prevé entren en vigor el día 10 de noviembre .
  1. Se reducen las llamadas para ofrecer nombramientos de corta duración por listados de bolsa única de 3 a 2, si técnicamente es posible (la recomendación es un intervalo de 15 minutos).
  2. La no disponibilidad por no atender dos ofertas en días diferentes será 60 días. Es decir, si la persona no contesta a cuatro llamadas (dos por oferta), se le sanciona con 60 días.
  3. 3. Las ofertas por el listado adicional, una vez agotada la Bolsa en todos sus turnos (TL, PI y Cupo de Discapacidad), se harán por un mínimo de 30 días y como máximo hasta el 30 de abril, dependiendo de la oferta que se esté realizando. Salvo excepciones, se han dado indicaciones que sean hasta el 30 de abril. Las ofertas que ya se hayan materializado por menos tiempo se prorrogarán automáticamente hasta el 30 de abril.
  4. La no disponibilidad en listado adicional por no haber atendido el teléfono (por el  listado adicional es solo 1 llamada) o rechazar la oferta será de 30 días.
  5. Una vez agotado el listado de Bolsa, se autorizará a los centros a la realización de las ofertas específicas sin necesidad de que estas sean aprobadas en las comisiones locales de Bolsa, que, no obstante, deberán ser informadas de las mismas. El centro deberá acreditar el agotamiento del listado de Bolsa. En estas ofertas solo se baremarán los servicios prestados SNS en la categoría y haber aprobado la OEP, siendo este último un mérito que deberán acreditar los interesados. Estas ofertas podrán llegar hasta el 30 de abril con ofertas de mes a mes al mismo trabajador, siempre que se compruebe que sigue sin haber candidatos disponibles en bolsa o listado adicional.
  6. La ofertas por vía de urgencia pasan de una semana de duración a un mes, siempre que no haya candidatos disponibles por las otras vías.
  7. La oferta mínima de contratación será de un mes por cualquiera de las vías.
  8. Se acuerda activar la doble puntuación en SAS, SNS y los centros socio-sanitarios, centros de diálisis y ambulancias, en los mismos términos aprobados con ocasión de la primera ola de la pandemia.
  9. Para todas las categorías en las que se generen importantes déficits de personal con ocasión de la toma de posesión de OPE y traslados, se iniciaran ofertas de LD en los dispositivos, centros o ZBS donde se produzcan esas pérdidas de efectivos. Esta medida, no obstante, ha perdido su sentido una vez suspendidas las tomas de posesión de los procedimientos en curso.